Lic. Zany Y. Vergara M. /Licenciada en Administración Pública y graduanda de Derecho.
Cuando ocurre un accidente aéreo internacional, la tragedia humana abre paso de inmediato a un laberinto legal de escala global.
Determinar dónde demandar, bajo qué ley y ante qué jueces se ventilará el caso desata una intensa batalla jurídica que pone a prueba los principios de soberanía de los Estados y el acceso a una justicia equitativa.
El eje central que regula la responsabilidad civil en estos escenarios es el Convenio de Montreal de 1999 (CM99). Este tratado internacional es vital porque unifica las reglas y establece los criterios de jurisdicción específica donde el pasajero o sus familiares pueden interponer una demanda, incluyendo la quinta jurisdicción, la cual solo se puede ejercer en casos de lesiones físicas o muerte del pasajero y la misma consiste en que la víctima puede acceder a los tribunales de su domicilio. Sin embargo, a pesar de este esfuerzo de estandarización, los conflictos de jurisdicción siguen vigentes debido a la disparidad económica entre los sistemas judiciales del mundo. Es aquí donde emerge la controvertida práctica del forum shopping, la búsqueda estratégica del tribunal que ofrezca las ventajas procesales más favorables.
En la aviación, esto casi siempre se traduce en intentar trasladar los litigios hacia los Estados Unidos, regidos por el common law. Este sistema resulta sumamente atractivo debido a que la figura de los daños punitivos y las indemnizaciones millonarias que superan por mucho, a las de cualquier otra latitud. Surge entonces el dilema ético: ¿se busca una justicia verdadera y el esclarecimiento de los hechos, o simplemente una mejor compensación económica?
Para frenar este abuso procesal y proteger la soberanía de sus propios tribunales frente a una saturación de casos extranjeros, los países del common law aplican con fuerza la doctrina del forum non conveniens. Mediante este principio, un juez puede rechazar el caso argumentando que existe un tribunal extranjero más adecuado y con mayor conexión local para resolver la disputa.
En este tablero, los países de tradición jurídica continental o civil law (como Panamá) se encuentran en una marcada desventaja. Nuestro sistema, estrictamente codificado, carece de la flexibilidad y de los mecanismos de compensación agresivos del common law.
Las indemnizaciones en nuestras jurisdicciones tienden a ser tasadas. Lejos de ser un debate meramente técnico, el forum shopping en accidentes aéreos evidencia la necesidad de fortalecer el civil law regional.
Mientras persistan estas abismales diferencias, la soberanía de nuestros tribunales seguirá viéndose desafiada por una legítima búsqueda de equidad económica, demostrando que, en el derecho aeronáutico transnacional, la geografía de la demanda es tan decisiva como la propia ley aplicable.