DEL DIRECTOR : Salud mental

Vie, 22/05/2026 - 21:30
Autor:

Abdel Fuentes /Director del Semanario La Universidad

 

Millones de seres humanos en el orbe, en lugar de disponer de ayuda y atención a favor de su salud mental, se enfrentan a estigmas sociales, administrativos y narrativas, que les discriminan.

Para António Guterres, secretario General de Naciones Unidas, lo expresado socava el bienestar individual, la cohesión social y el desarrollo económico de las personas.

En Panamá, la Ley 364 de 6 de febrero de 2023, surgió con el objeto de desarrollar el derecho humano a la salud mental.

El artículo 3, de la referida norma, define la salud mental como el estado de bienestar en el cual un individuo es consciente de sus propias capacidades, puede afrontar las tensiones normales de la vida, puede trabajar de manera productiva y fructífera y es capaz de hacer una contribución a su comunidad.

La normativa busca garantizar el respeto a la dignidad de las personas con padecimientos mentales, asegurar su no discriminación y reducir los estigmas y perjuicios relacionados con la salud mental.

Parece quedar claro, que en consecuencia con la Ley 364 de febrero de 2023, independientemente del tiempo transcurrido, la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Salud (MINSA), ordenó a las universidades públicas y privadas del país impedir solicitar certificados de salud mental, como requisito de acceso al trabajo, a la educación o a cualquier trámite administrativo de carácter general.

La disposición oficial es de obligatorio cumplimiento y se fundamenta en la mencionada norma aprobada en 2023.

En torno al importante asunto, el rector de esta casa de estudios superiores, doctor Eduardo Flores Castro, prohibió a las unidades académicas solicitar certificados de salud mental. Además, les instruyó a abstenerse de incluir este tipo de exigencia en nuevos reglamentos, procedimientos, convocatorias o formularios institucionales y suspender cualquier requisito que implique solicitar certificados de salud mental.

El Rector también dispuso que en los casos en los que alguna documentación requiera el citado certificado, la universidad realizará una revisión y actualización, con el fin de alinear el requerimiento con la normativa señalada.

Hizo énfasis en que, de acuerdo con el MINSA, solo podrán realizarse evaluaciones de salud mental en casos de excepciones, debidamente justificados y conforme a la normativa vigente, nunca como requisito.

Exigir certificaciones vinculadas con la salud humana, implica precondicionar al individuo, estigmatizarlo y discriminarlo, lo cual también atenta contra derechos humanos como el derecho al trabajo y el derecho a la vida. Ello implica vetar otras exigencias burocráticas sin tener que aguardar leyes o decretos presidenciales.